A. CÓMO GESTIONAR EL IVA Las entidades que realizan cursos de Formación Ocupacional pueden encontrarse en una de las siguientes situaciones en función del tipo de declaración del IVA que realicen: 1.- Entidad TOTALMENTE exenta del IVA en todos sus sectores de actividad. 2.- Entidad no exenta EN ABSOLUTO del IVA en todos sus sectores de actividad. 3.- Entidad exenta parcialmente en algún sector de su actividad, y con una PRORRATA GENERAL en sus declaraciones de IVA. 4.- Entidad exenta parcialmente en algún sector de su actividad, y con una PRORRATA ESPECIAL para cada uno de esos sectores en sus declaraciones de IVA. A su vez, esto hay que coordinarlo con las directrices que cada órgano administrativo tenga en relación con el IVA subvencionable. Se pueden dar dos casos: A.- Órgano administrativo que subvenciona el IVA solamente para las entidades exentas en su totalidad: Dirección General de Formación y Dirección General de Comercio B.- Órgano administrativo que subvenciona el IVA como en el punto anterior, y además admite la subvención a través de prorrata, bien a través de sector diferenciado (prorrata especial) aplicado a costes que no estén exclusivamente relacionados con el sector exento (docencia), bien a través de una prorrata general para toda la actividad: IMPIVA Por otra parte, el planteamiento de Sidec2001 en relación con el IVA es el siguiente: Al entrar por primera vez en Sidec, en donde pone "Entidad exenta totalmente del IVA en todas sus actividades", poner SI o NO, según corresponda, de la siguiente manera: * "SI" significa que en todos los gastos de la entidad, el IVA se considera como coste, y por lo tanto, es subvencionable. En todos los justificantes, el importe total INCLUIRÁ el IVA. * "NO" significa que se aplica una prorrata, bien a todos los costes, bien a parte de ellos. También contempla a las entidades en régimen general del IVA. En los justificantes, el importe total NO INCLUYE el IVA, pero será posible imputar el IVA acumulado hasta el momento a través del botón "IG" de la pestaña cursos, que da acceso al botón "Generar justificantes de IVA subvencionable", en donde se podrá especificar la prorrata general o las parciales para cada actividad. Por lo tanto el proceso tiene dos fases, una primera de imputación de gastos, en los cuales (aunque se especifique el tipo de IVA soportado) no se incluye el IVA como coste, y la última fase, en la cual se procederá al cálculo del coste del IVA realmente soportado, en función de las "prorratas" que se detallen. NOTA: SIEMPRE QUE LAS ENTIDADES SOLICITEN QUE EL IVA SEA SUBVENCIONADO, DEBERÁN APORTAR JUSTIFICACIÓN DE QUE ESTÁN EXENTAS TOTALMENTE DEL IVA EN TODAS SUS ACTIVIDADES (O SECTORES DE ACTIVIDAD). =================================================================================== A continuación se muestran las combinaciones entre las opciones del IVA y los criterios de los órganos administrativos que conceden las ayudas, explicando el procedimiento del IVA a seguir en Sidec y las consecuencias en la justificación de gastos: CURSOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN Y CURSOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO 1.- Entidad exenta TOTALMENTE del IVA en todos sus sectores de actividad. Inicio en Sidec con "Entidad exenta totalmente del IVA en todas sus actividades = SI". En todos sus Gastos imputados se contabilizará el IVA como coste, y será, en principio, subvencionable. 2.- Entidad no exenta EN ABSOLUTO del IVA en todos sus sectores de actividad. Inicio en Sidec con "Entidad exenta totalmente del IVA en todas sus actividades = NO". En todos sus Gastos imputados NO se contabilizará el IVA como coste, y será NO subvencionable. NO SE ADMITE ninguna imputación del IVA a través de la herramienta "GENERAR" IVA no recuperado de Hda (NO ESTA DISPONIBLE). 3.- Entidad exenta parcialmente en algún sector de su actividad, y con una PRORRATA GENERAL en sus declaraciones de IVA. Inicio en Sidec con "Entidad exenta totalmente del IVA en todas sus actividades = NO". En todos sus Gastos imputados NO se contabilizará el IVA como coste, y será NO subvencionable. 14:55 9/03/00NO SE ADMITE ninguna imputación del IVA a través de la herramienta "GENERAR" IVA no recuperado de Hda (NO ESTA DISPONIBLE). 4.- Entidad exenta parcialmente en algún sector de su actividad, y con una PRORRATA ESPECIAL para cada uno de esos sectores en sus declaraciones de IVA. Inicio en Sidec con "Entidad exenta totalmente del IVA en todas sus actividades = NO". En todos sus Gastos imputados NO se contabilizará el IVA como coste, y será NO subvencionable. NO SE ADMITE ninguna imputación del IVA a través de la herramienta "GENERAR" IVA no recuperado de Hda. (NO ESTA DISPONIBLE) CURSOS DEL IMPIVA 1.- Entidad exenta TOTALMENTE del IVA en todos sus sectores de actividad. Inicio en Sidec con "Entidad exenta totalmente del IVA en todas sus actividades = SI". En todos sus Gastos imputados se contabilizará el IVA como coste, y será, en principio, subvencionable. 2.- Entidad no exenta EN ABSOLUTO del IVA en todos sus sectores de actividad. Inicio en Sidec con "Entidad exenta totalmente del IVA en todas sus actividades = NO". En todos sus Gastos imputados NO se contabilizará el IVA como coste, y será NO subvencionable. NO SE ADMITE ninguna imputación del IVA a través de la herramienta "GENERAR" IVA no recuperado de Hda. 3.- Entidad exenta parcialmente en algún sector de su actividad, y con una PRORRATA GENERAL en sus declaraciones de IVA. Inicio en Sidec con "Entidad exenta totalmente del IVA en todas sus actividades = NO". En todos sus Gastos imputados NO se contabilizará el IVA como coste, y será, en principio, NO subvencionable. Se admiten las imputaciones del IVA a través de la herramienta "GENERAR" IVA no recuperado de Hda., pero SOLAMENTE especificando EL MISMO % DE PRORRATA para los 3 tipos de costes: Profesorado, Directos e Indirectos. 4.- Entidad exenta parcialmente en algún sector de su actividad, y con una PRORRATA ESPECIAL para cada uno de esos sectores en sus declaraciones de IVA. Inicio en Sidec con "Entidad exenta totalmente del IVA en todas sus actividades = NO". En todos sus Gastos imputados NO se contabilizará el IVA como coste, y será, en principio, NO subvencionable. Se admiten las imputaciones del IVA a través de la herramienta "GENERAR" IVA no recuperado de Hda., especificando para cada tipo de gasto (Profesorado, Directos e Indirectos) el porcentaje de prorrata que corresponda.